viernes, 17 de abril de 2020

¿Cabe un criterio común de justicia?

Primer fragmento del artículo de Robert Spaemann titulado Die Bedeutung des Natürlichen im Recht publicado en el libro Politik und Kultur nach der Aufklärung. Festschrift Hermann Lübbe zum 65. Geburtstagen Hannover, editado por Kurt Röggers en colaboración con Weyna Lübbe y Hans-Martin Saß, cuya reproducción traducida está extraída del libro de la editorial Eiunsa Robert Spaemann: Límites. Acerca de la dimensión ética del actuar con el título El significado de lo natural en el derecho.


Discrepancias geográficas


En contra de la idea de algo justo por naturaleza se ha objetado que descansa en un desconocimiento de la relatividad de las valoraciones humanas, en un desconocimiento del hecho de que sobre lo justo y lo injusto decide el grado de latitud *, como escribió Pascal (1). Pero nada más lejos de la verdad. La tesis de que existe algo justo por naturaleza es la respuesta de los griegos del s. V a. C. al descubrimiento de ese hecho.

Las experiencias reunidas en los viajes y su encuentro con otras culturas les habían dado que pensar. Perdieron la ingenuidad de considerar las costumbres propias sin más como mejores que las de otros, especialmente porque su propia cultura estaba sufriendo grandes transformaciones y habían tomado conciencia de la mutabilidad de sus propias normas. En esa situación surge la pregunta de si, por encima las diferencias existentes entre las distintas culturas, no habrá un criterio que permita valorar el cambio cultural, distinguir mejoras de empeoramientos, costumbres mejores de costumbres peores. Dicho criterio situado por encima de las diferentes culturas lo encontraron en el concepto de fisis.

Según la definición de Aristóteles, la fisis es el principio del reposo y del movimiento en una cosa (2). Las cosas que tienen en sí mismas tal principio, y así pues una fuente de espontaneidad, son cosas naturales. A todas las cosas artificiales les subyace la fisis de cosas naturales. Un coche se mueve en virtud de las propiedades naturales de sus materiales, pero especialmente en virtud de la combustibilidad del petróleo.

El hombre es una cosa natural. Un nomos * es natural cuando permite a los hombres aquellas acciones que están en correspondencia con su naturaleza. Una costumbre que mande deformar los pies de las mujeres con zapatos demasiado pequeños es menos natural que una costumbre que no lo mande. Sin embargo, ¿no está quizá en correspondencia con un deseo espontáneo de los varones ver andar a las mujeres con una especial gracilidad?

El nomos coordina acciones. Esa coordinación, ¿no podría ser natural para unos, e innatural para otros? Decimos todavía hoy que cuando a alguien se lo ha comido un lobo ha muerto no de muerte natural, sino de muerte violenta. Ahora bien, si ser devorado no es natural, sí que lo es que el lobo coma. Y dado que el lobo era más fuerte, resulta manifiesto que ese suceso estaba fundado en la naturaleza. Que lo justo por naturaleza es la ley del más fuerte fue, por ello, una de las tesis más tempranas del derecho natural. Sin embargo, no es eso lo que sucede entre los lobos mismos. No tienen la inclinación natural a comerse unos a otros. Forman manadas y se preocupan de sus crías más débiles.

Los hombres son, manifiestamente, seres comunitarios, a lo que ya apunta su lenguaje. Pero, ¿cómo de grande puede ser una comunidad que permita que surja algo así como un «nosotros», un interés común? Es manifiesto que no todo lo grande que se quiera. Los atenienses no se sentían vinculados con los habitantes de Melos por tal interés común, y por eso declararon que no entendían en modo alguno el argumento de la justicia esgrimido por los de Melos y dirigido a ellos, a los atenienses (3). Aquí parece que para ellos es más bien el principio homo homini lupus * el que designa lo justo por naturaleza.

(1) Blaise Pascal: Pensées, edición de Chevalier, Paris, 1954, fragmento 230.
* Para aclarar el concepto en el contexto, reproduzco un fragmento de la reflexión de Pascal citada en el artículo de Ernesto J. Vidal Gil ‘De lo justo general a lo justo concreto. Notas para una teoría de la Justicia’, enlace https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/142290.pdf
«¿en qué se basará la admiración del mundo que él quiere gobernar? ¿Será en el capricho de cada individuo? ¡Valiente revoltillo! ¿Será en la justicia? La desconoce. Seguramente, si la conociera no habría establecido esta norma, la más general de todas las que existen entre los hombres: que cada cual siga las costumbres de su país. El resplandor de la verdadera equidad habría sometido a todos los pueblos. Y los legisladores no habrían tomado por modelo en vez de esa justicia indiscutible, las fantasías y caprichos de los persas y de los alemanes. Se la vería implantada en todos los estados del mundo, y en todos los tiempos, en vez de que no se ve nada justo o injusto que no cambie de calidad al cambiar de clima: tres grados de latitud del Polo dan al traste con toda la jurisprudencia, un meridiano decide lo que es verdad. A los pocos años de ejercitar el poder las leyes fundamentales cambian; el derecho tiene sus épocas; la entrada de Saturno en León nos señala el origen de tal crimen. ¡Valiente justicia la que está limitada por un río! Verdad de este lado de los Pirineos, error del lado opuesto. Confiesan que la justicia no está en esas costumbres, sino que reside en las leyes naturales, comunes a todos los países. Seguramente lo sostendrían con tenacidad si la osadía del azar que ha repartido las leyes humanas hubiera encontrado por lo menos una que fuese universal. Pero la broma llega a tal extremo que el capricho de los hombres se ha diversificado tanto que no hay ninguna que lo sea.» (Cfr. Pascal, B., Obras, prólogo y notas de J. L, Aranguren y trad. De Carlos R. de Dampierre, Madrid, Alfaguara, 1981, 60294, pp. 3-67)
(2) Aristóteles: Física, n. 1, 192 b 13-14.
(3) Cfr. Tucídides: La guerra del Peloponeso. V, 89, 105

*Nomos: ley
Homo homini lupus: El hombre es un lobo para el hombre. "Esta locución fue creada por el comediógrafo latino Plauto (254-184 a. C.) en su obra Asinaria... Fue popularizada por Thomas Hobbes, filósofo inglés del siglo XVII, quién la adaptó en su obra De Cive." Extraído de https://es.wikipedia.org/wiki/Homo_homini_lupus 

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