Sexto fragmento del artículo de Robert Spaemann titulado Einzelhandlungen, publicado en Zeitschrift für philosophische Forschung, 54 (2000), nº 4 . Publicado en Límites: Acerca de la dimensión ética del actuar, capítulo 4.
Del fragmento anterior
Podemos distinguir tres tipos de complejidad en virtud de los cuales las acciones concretas son integradas en un contexto de orden superior, sin que por ello pierdan su identidad y se hagan inaccesibles a una censura específica: 1) complejidad del significado, 2) secuencias de acciones, 3) series de acontecimientos iniciadas en virtud de acciones.
Efectos secundarios
III (c)
2) El segundo caso de complejidad de la acción es el de la secuencia de acciones. Bien considerado, se trata de un caso especial de complejidad de significado. Pues aquí no es relevante toda secuencia causal de acciones, sino solo aquella que al mismo tiempo posea el carácter de una complejidad de significado, es decir, aquella que subyazca en calidad de motivo a las acciones concretas constitutivas. Hacemos A para hacer B, pero no ya de tal modo que ya hagamos B al hacer A, sino de manera que hacemos A porque solo así podemos hacer B a continuación. Aquí es necesario sobre todo distinguir, por un lado, las acciones que están definidas como contenidos intencionales en virtud de unidades de significado y, por otro, los meros movimientos corporales que son simples momentos de una acción no independientes, y que por ello no pueden recibir una calificación moral propia, pero sí una calificación pragmática, pues un determinado movimiento corporal se puede juzgar atendiendo a su utilidad o inutilidad para la ejecución de una acción. Cuando lo hacemos, en virtud de ese mismo juicio elevamos ese movimiento al nivel de contenido de una acción básica, mientras que en el enjuiciamiento moral sucede lo contrario: no es él la razón de que se independice una nueva unidad de acción, sino que solo es posible en virtud de esa independización.
De toda acción básica situada dentro del marco de una secuencia de acciones se puede decir lo mismo que de la complejidad de significado pura o multiplicidad pura de descripciones: la acción básica no es un mero momento «abstracto» dentro de un continuum de la praxis vital, sino una unidad atómica constituida por un determinado contenido significativo, identificable en virtud de ese contenido y que como tal está necesitada de una justificación específica, de una justificación que no coincide sencillamente con la justificación de la secuencia como un todo; pues la acción sigue teniendo, en primer lugar, consecuencias diferentes de aquellas que el agente tiene presente como fin, consecuencias de las que él, sin embargo, puede saber, y que él, por ello, pondera en comparación con el fin y de cuya asunción tiene que responder.
Esta responsabilidad, con todo, no es tal y como la entiende la teoría consecuencialista, la cual exige que se tenga presente imparcialmente la totalidad de las consecuencias y que se haga en cada caso lo que parezca apropiado para optimizar esa totalidad. El concepto de «asumir la producción de un efecto negativo como consecuencia no querida pero inevitable» está aquí fuera de lugar. Hay solamente un todo de consecuencias que deseamos como tal todo. Este concepto de responsabilidad anularía realmente el concepto de acción. Las acciones están definidas por sus fines. Proponerse un fin significa privilegiar determinadas consecuencias respecto de otras, a las que se reduce al estatus de efectos secundarios. Allí donde todas las consecuencias de un obrar cuentan lo mismo y pasan a formar parte de la motivación de igual modo, queda anulada precisamente aquella selección en virtud de la cual se constituye el actuar.
Algo parecido se puede decir del concepto de responsabilidad. Que alguien sea responsable de algo significa que se le exonera de otras consecuencias de su actuar. La responsabilidad de un médico por la salud de su paciente quedaría destruida si al mismo tiempo no exonerase al médico de todas las cosas malas que ese paciente puede hacer con su salud. A nadie le gustaría confiar la responsabilidad por su salud a un médico que se sintiese igualmente responsable de esas cosas. Esto no significa que no seamos responsables en modo alguno de los efectos secundarios de nuestras acciones. Pero sí significa que esa responsabilidad no puede consistir en eliminar la diferencia entre fines y efectos secundarios y en postular una responsabilidad universal del tipo de la que postula el consecuencialismo.
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