Lo previsible no siempre se cumple
...se puede interpretar la teoría de sistemas y la cibernética como intentos de acabar definitivamente con la teleología, dado que el fenómeno de la conformidad a fines ya no se deja sencillamente a un lado, sino que como tal es integrado en un esquema explicativo no teleológico al que se lo subordina. Así, la discusión de los últimos dos milenios y medio ha vuelto en cierto modo al mismo punto del que había partido. Los argumentos parecen haberse agotado.
continuación
Situaciones como ésa son el lugar idóneo para la intentio obliqua **, y concretamente de un doble modo: en relación al análisis del lenguaje y en relación a la práctica. Antes de proseguir la discusión acerca de si los procesos naturales están dirigidos a fines, preguntémonos qué queremos decir realmente en esos contextos con palabras como «objetivo» y «fin». En vista del hecho de que nunca ha sido demostrada la existencia ni la inexistencia de causas finales, preguntémonos por los intereses que llevan a la razón a afirmar y a negar esas causas: según sea en cada caso el interés rector, la pregunta por la carga de la prueba ** recibirá una respuesta diferente. Y la respuesta que se dé a casi todas las preguntas filosóficas depende en último término de decisiones previas sobre la cuestión de la distribución de la carga de la prueba. En esa circunstancia se basa lo que se puede denominar «primado de la filosofía práctica».

También los procesos teleológicos siguen siendo procesos causales, o, más exactamente, haces de procesos causales, y haces a los que asignamos una identidad específica. Esto sucede por analogía con las estructuras de la acción humana. Por ello, la teleología natural es hermenéutica de la naturaleza. Su objetivo es entender, y ello totalmente en el sentido de una especie de fusión de horizontes que nos permita hacernos cargo intelectualmente de cómo transcurren los procesos naturales. Entender teleológicamente la absorción de líquido por la planta quiere decir de hecho entenderla por analogía remota con lo que sucede cuando vamos a un bar.

Nosotros preguntamos: ¿cómo tendría que estar constituida la situación normal para que pudiésemos entender los movimientos por referencia a ella? El equivalente de la regularidad en los enunciados causales es la normalidad en los enunciados teleológicos. Así, por «salud» entendemos normalidad, también cuando decimos que la mayor parte de la gente está enferma. La normalidad no es un concepto estadístico. No porque a todo el mundo le duela algo es «normal» tener dolor.
*Conferencia pronunciada en Hannover el 12 de noviembre de 1977 para inaugurar el III Congreso Internacional sobre Leibniz y publicada en Zeitschrift für philosophische Forschung, 32 (1978). pp. 481-493. Artículo completo en https://www.unav.edu/publicaciones/revistas/index.php/anuario-filosofico/article/download/29974/25870
**La reflexión es una intentio obliqua, un acto por el que el sujeto se convierte en objeto de sí mismo: como en un espejo, se refleja (y tal es el sentido etimológico del término). Es una autoobservación de la que tiene que surgir alguna forma de autoconocimiento. Puede entenderse entonces como una operación que la conciencia humana lleva a cabo en el marco de su propio carácter de “autoconciencia” o “apercepción”. Referencia: Ricardo Maliandi: Niveles de reflexión ética. Enlace: http://otrasvoceseneducacion.org/archivos/186934
- El onus probandi (‘carga de la prueba’) es una expresión latina del principio jurídico que señala quién está obligado a probar un determinado hecho ante los tribunales. Referencia: https://es.wikipedia.org/wiki/Onus_probandi
**La reflexión es una intentio obliqua, un acto por el que el sujeto se convierte en objeto de sí mismo: como en un espejo, se refleja (y tal es el sentido etimológico del término). Es una autoobservación de la que tiene que surgir alguna forma de autoconocimiento. Puede entenderse entonces como una operación que la conciencia humana lleva a cabo en el marco de su propio carácter de “autoconciencia” o “apercepción”. Referencia: Ricardo Maliandi: Niveles de reflexión ética. Enlace: http://otrasvoceseneducacion.org/archivos/186934
- El onus probandi (‘carga de la prueba’) es una expresión latina del principio jurídico que señala quién está obligado a probar un determinado hecho ante los tribunales. Referencia: https://es.wikipedia.org/wiki/Onus_probandi
No hay comentarios:
Publicar un comentario