viernes, 30 de octubre de 2015

Concepto de dignidad (y 2)

Continuación de la entrada anterior

Al formar parte de su ser, todos los hombres tienen dignidad, pero no la tienen de la misma manera. Spaemann distingue entre dos tipos de desigualdades, la de carácter constitutivo, que haría referencia al cargo o rol social que desarrolla el ser humano, y la de carácter personal, que hace referencia a la diferente cualidad moral de los seres humanos, siendo más digno cuanto más distanciado se esté de las tendencias naturales.

La dignidad constitutiva la pierde el ser humano al dejar el cargo que incorpora la dignidad, la dignidad personal no la pierde nunca completamente, porque forma parte de su ser y, además, es inviolable, no puede ser arrebatada desde fuera, aunque se puede condicionar su manifestación externa.

Sólo uno mismo puede perder dignidad y no se puede perder del todo, porque tampoco se puede perder la libertad como moralidad posible. Al ser humano se le puede exigir mientras viva adhesión al bien, pero esta sólo se puede dar libremente. El respeto a la dignidad supone tanto esta exigencia como la concesión del marco de libertad.

Spaemann (1) incluye el discurso sobre la dignidad humana en el debate sobre la fundamentación de los derechos humanos, haciendo referencia a dos posturas contrapuestas. La iusnaturalista considera que han de ser entendidos como una reivindicación que corresponde a cada hombre en razón de su ser. Para los adversarios de esta posición, se considera que son fruto de la creación de un sistema de derechos que nos hemos concedido. Sólo tendría sentido hablar de derechos humanos en el primer caso porque determinaría aquel mínimo que se sustrae a la arbitrariedad de un poder legislador. 

En este sentido el concepto dignidad contiene el fundamento de lo que puede ser considerado como derecho humano en general. La idea de derechos humanos enraizada en el concepto dignidad personal ha de presuponer que el solo hecho de pertenecer a la especie homo sapiens supone la posibilidad de hacer valer estos derechos delante de otros.

 (1) Ver Robert Spaemann, Lo natural i lo racional. Ensayos de Antropología, Tercer ensayo: sobre el concepto de dignidad humana.


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