lunes, 14 de diciembre de 2015

Consecuencialismo* (1)

Características:

- La característica esencial del consecuencialismo es calificarse como ética de la
responsabilidad
. Singer define esa concepción moral como doctrina según la cual la «corrección o incorrección de una acción depende únicamente de sus consecuencias (efectivas o probables). Según esta concepción, una acción es correcta si y sólo si produce -o es probable que produzca- tanto “bien” al menos como cualquier otra acción posible para el agente. Por su parte, una acción es obligatoria si y sólo si produce más bien -o es posible que produzca- que cualquier otra posible para el agente.

- El utilitarismo produce cierta apariencia de racionalidad y plausibilidad. Parece ser racional porque, aparentemente, proporciona un criterio moral claro y verificable. El ámbito de la responsabilidad es la totalidad del proceso universal. De ahí que una acción sea correcta o moralmente buena cuando, vista en su conjunto, enriquece el contenido de valor del mencionado proceso más que cualquier otra acción alternativa posible.

- Da explicación a la proposición el fin justifica los medios, pues la cualidad moral de las acciones depende exclusivamente de su idoneidad como medio para lograr el fin de la optimización.

- Se impone una elevada carga probatoria, pues su tesis fundamental está en contradicción con las intuiciones morales de la mayoría de los hombres y con las tradiciones éticas de todas las culturas.

* Ver Robert Spaemann: Felicidad y benevolencia, Ediciones Rialp (1991), Segunda parte, 5. Consecuancialismo, páginas 182-198.


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