
Quien actúa de
acuerdo con una ética de los principios calificará determinadas acciones sin
tener en cuenta el contexto, quien actúa de acuerdo con una ética de la
responsabilidad valorará las consecuencias previsibles de sus acciones antes de
decidir.
Para Spaemann las acciones no son buenas o malas porque
hagan mejor o peor el mundo, sino que hacen mejor o peor el mundo por ser
buenas o malas (3).
El concepto ética de la responsabilidad tiene la
peculiaridad de convertir un determinado fenómeno moral, social y jurídico (la
responsabilidad) en un modelo con el que interpretamos en su totalidad nuestra
orientación moral a la acción. La responsabilidad es siempre responsabilidad
por algo y responsabilidad ante alguien. (4)
La
responsabilidad es necesaria para la convivencia humana, porque difícilmente
podríamos vivir si desconfiamos de todo el mundo (5).
(1) Spaemann tracta específicamente sobre este planteamiento
en los siguientes escritos: Límites.
Acerca de la dimensión
ética del actuar, obra
citada, 16. ¿Quién es responsable y de qué? y respondiendo a las críticas
recibidas: 17. Fundamentación moral teleloógica y deontológica. Etica: cuestiones fundamentales,
V. Convicción y responsabilidad o ¿el fin justifica los medios? Felicidad y benevolencia, Responsabilidad.
(2) En los debates que se desarrollan en la actualidad sobre
cuestiones de principios en torno a la política y la ética social aparece de
modo recurrente aquella distinción que Max Weber introdujo y que caracterizó
como una alternativa última y ya no decidible argumentativamente entre dos
actitudes morales fundamentales: la distinción entre ética de los principios
y ética de la responsabilidad. Como seguidor de una ética de la
responsabilidad caracterizó Weber a quien en su actuar tiene en cuenta la totalidad de las
consecuencias del mismo y hace de la valoración de esas consecuencias el
criterio de su decisión. Consideró que sigue una ética de los principios quien
califica determinadas acciones como morales o inmorales con independencia de su
contexto, y así pues hace lo que juzga moralmente obligado sin prestar atención
a las consecuencias de determinadas acciones u omisiones. La decisión
fundamental a favor de una de estas dos actitudes no es a su vez susceptible de
justificación, pensaba Weber. (Spaemann, Límites. Acerca de la dimensión
ética del actuar, 16. ¿Quién es responsable y de qué? pàgina 211)
(3) Robert Spaemann, Límites. Acerca de la dimensión
ética del actuar, 4. Acciones concretas, IV, pàgina 62.
(4) Robert Spaemann, Límites. Acerca de la dimensión
ética del actuar, 15. La responsabilidad como concepto fundamental de la
ética, página 205.
(5) “El sistema de órdenes
e instrucciones y de su puesta en práctica, tanto en el ámbito profesional como
en el político, no funcionaría si el subordinado tuviese constantemente un
deber de comprobación exhaustivo. La convivencia humana no puede tener éxito en
modo alguno sin lo que cabría denominar «prejuicio positivo», es decir, una
conjetura refutable a favor del acierto y la legitimidad de las órdenes e
instrucciones recibidas. Para examinarlas y corregirlas en un caso determinado
son necesarias razones específicas.” (Spaemann, Límites. Acerca de la
dimensión ética del actuar, 15. La responsabilidad como concepto
fundamental de la ética, página 206)
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